ELEMENTOS
BÁSICOS DEL NUEVO MODELO DE DICTAMEN
El nuevo modelo de dictamen consta de tres párrafos como mínimo y once
elementos básicos, como sigue:
11.6.1
PRELIMINARES
·
Un título que incluye la palabra independiente.
Se requiere usar un título apropiado que permita al usuario
identificar el dictamen del auditor y distinguirlo en forma precisa y
diferencial de otros informes producidos por la Administración. El título
usual en el antiguo modelo estándar era "Dictamen del Auditor", en el
nuevo se exige "Dictamen del Contador Público Independiente".
·
Destinatarios
Los destinatarios del dictamen usualmente son los Socios, el Consejo de
Administración, Junta Directiva u organismo similar de la entidad cuyos estados
financieros han sido examinados. En las empresas de un sólo propietario,
el dictamen debe ser dirigido a este último. Cuando el auditor es
nominado por terceros interesados en la empresa auditada, el dictamen se
dirigirá a la entidad que hizo la contratación
11.6.2
PRIMER PÁRRAFO
·
Identificación de los estados financieros examinados
El dictamen debe identificar en forma clara los estados financieros que
han sido examinados.. La identificación debe incluir en forma precisa el
nombre de la entidad y la fecha y período cubierto por los estados
financieros. Es aconsejable declarar como examinadas las notas a los
estados financieros, pues estas últimas son de importancia clave en el
diagnóstico. La identificación de los estados financieros determina: los
nombres de los estados examinados, su fecha de emisión y el período al cual se
refieren.
·
Una declaración de que los estados financieros han sido examinados
La identificación debe estar precedida de la palabra He examinado o Hemos
examinado según el caso. Esta manifestación está en consonancia
con la primera norma relativa a la rendición de informes, pues se deja
claramente establecida la relación del auditor con los estados financieros
auditados y su responsabilidad está circunscrita a la evaluación de los mismos
y no a su elaboración
·
Una declaración de que los estados financieros son responsabilidad de la
Gerencia
La responsabilidad del cliente en cuanto a la elaboración de los
estados y la del auditor en lo referente a su evaluación debe dejarse
explícita. Los estados financieros son elaborados por la Compañía y que
la responsabilidad del auditor se circunscribe a expresar una opinión sobre
esos estados financieros como resultado de su Auditoría.
11.6.3
SEGUNDO PÁRRAFO
·
Una declaración de que la auditoría fue realizada de acuerdo con Normas
de Auditoría de Aceptación General.
El auditor debe declarar en el dictamen que su trabajo ha sido realizado
con un alto grado de calidad, siguiendo los parámetros establecidos por la
profesión, por lo cual los usuarios pueden confiar en los resultados del
mismo. Para cumplir con lo anterior la oración se inicia con la
frase Mi (ó Nuestro) examen fue realizado conforme a Normas de
Auditoría Generalmente Aceptadas en Colombia. El auditor por
supuesto, conoce las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas vigentes en el
país y las debe aplicar en forma rigurosa, pero lo mismo no puede decirse del
usuario, pues éste en la generalidad de los casos no pertenece a la disciplina
contable. Esta limitación del lector permite cuestionar el conocimiento
del mismo acerca de la calidad que le ofrece el auditor al efectuar su trabajo
siguiendo estas Normas profesionales. El antiguo dictamen estándar presumía
que las Normas de Auditoría de General Aceptación eran conocidas por los
usuarios de la información financiera y del dictamen. No sobra que el
auditor explique en forma muy breve a que se refieren dichas normas y el sello
de calidad que estas le imprimen al trabajo ejecutado, es decir, debe informar
a los usuarios de su informe en que consiste cada una de las normas que no
están explícitas en este párrafo. El SAS-58 no lo exige así, pero
debemos entender que este estándar regula un informe mínimo y todo lo que
supere este mínimo es bienvenido. Si esto se hace así por todos los
auditores, podríamos llegar a poseer un informe típicamente
colombiano o latinoamericano y no el actual anglosajón que no consulta nuestra
propia cultura.
·
Planificación de la auditoría y seguridad de inexistencia de errores
importantes.
Una declaración de que las Normas de Auditoría de Aceptación General
requiere que el auditor planifique y desarrolle la Auditoría para obtener una
seguridad razonable acerca de si los estados financieros están libres de
errores o falsedades de importancia relativa.
·
Una declaración de que una auditoría incluye un examen basado en pruebas.
El auditor debe manifestar que su examen está basado en pruebas de las
evidencias que respaldan las cifras y revelaciones en los estados
financieros; una evaluación de las Normas y Principios de Contabilidad usados y
de las estimaciones realizadas por la Administración y una evaluación de los
estados financieros presentados como una totalidad.
·
Una declaración de que su examen le ha provisto de una evidencia
suficiente para su opinión
El auditor debe declarar que la realización de su examen le proveyó de
evidencia suficiente y competente para emitir su dictamen. Esta declaración
nace de la obligación impuesta en la norma relativa a la ejecución del trabajo
que versa sobre la obtención de Evidencia Suficiente y Competente. Al
declarar el auditor el alcance de su examen, realiza una manifestación clara e
inequívoca de que no tiene reserva alguna acerca del mismo y por consiguiente
ha aplicado todas las técnicas y procedimientos necesarios que le permitieron
obtener la prueba suficiente (en cantidad) y competente (en calidad) para
la emisión de una opinión sobre los estados financieros.
11.6.4
TERCER PÁRRAFO
·
Una opinión acerca de si los estados financieros presentan razonablemente
la situación financiera de la Entidad.
Esta opinión sobre la razonabilidad de los estados financieros se refiere
a todos sus aspectos de importancia relativa, la situación financiera de la
Entidad a la fecha de Balance General, los resultados de sus operaciones y sus
flujos de efectivo por el período entonces terminado, de conformidad con Normas
y Principios de Contabilidad de Aceptación General. El párrafo de la
opinión se inicia con la frase: "En mi (nuestra) opinión."
para que el usuario del dictamen tenga conocimiento de la opinión personal del
auditor por la cual este asume la responsabilidad. El auditor al emitir
su opinión no certifica como comúnmente se cree, solamente manifiesta su
parecer desde su punto de vista personal (subjetivo) de cómo halló lo
examinado. La opinión limpia o no calificada denominada comúnmente
"sin salvedades" no implica para el auditor la responsabilidad de
aprobar los estados financieros para efectos de que estos sean tomados como un
buen riesgo de crédito o inversión. No es esta la función del auditor, este
solamente expresa su opinión sobre la razonabilidad o no de los estados
financieros. Con base en su informe, el usuario determinará, previo
análisis, si la entidad es o no una buena inversión o un buen riesgo de
crédito.
·
Presentación razonable conforme a normas y principios de
contabilidad aplicados consistentemente.
A continuación de la frase "En mi opinión..." el auditor
establecía la conjunción de la misma con el objeto de examen diciendo: "....
los estados financieros anteriormente mencionados... " ó enumeraba
los estados mencionados en el párrafo del alcance citándolos en los mismos
términos y fechas para que no exista lugar a equívocos por parte del usuario
del dictamen. La opinión del auditor se refiere comúnmente a la presentación de
los estados de posición financiera de la entidad y los resultados de sus
operaciones, pero es conveniente también examinar y hacer referencia al estado
de origen y aplicación de recursos, cambios en el patrimonio y a las notas a
los estados financieros. Las palabras que se utilizan para expresar
la opinión del auditor propiamente dichas son: ". presentan
razonablemente ( ó "..dan una visión cierta y razonable..) de acuerdo con
Normas y Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en Colombia
aplicados sobre una base consistente con la del año anterior .."
La referencia a las normas y principios de contabilidad es una
obligación nacida de las Normas de Auditoría relativas a la información y tiene
su razón de ser porque de esta manera se proporciona al usuario el marco dentro
del cual el auditor ha alcanzado su opinión profesional. El auditor de
todas maneras tiene la obligación de satisfacerse de que la imagen presentada
por los estados financieros es consistente en un todo con su conocimiento de
las operaciones de la entidad.
La alusión a "...Generalmente Aceptados en Colombia..." puede
ser omitida, pues es obvio que si la empresa opera en el país debe someterse a
su reglamentación legal. Sin embargo la inclusión de la frase puede dar a
entender que lo manifestado como "presentan razonablemente" ó
"dan una visión cierta y razonable" solamente se debe tomar en cuenta
desde el punto de vista de ésta reglamentación normativa colombiana, la cual
puede en un momento dado diferir de la normatividad internacional.
La manifestación de "presentación razonable" no implica de
ningún modo exactitud, pues el auditor es consciente de que los estados
financieros son inexactos. Presentación razonable tiene la connotación de
que los estados financieros si bien poseen sesgos de medición (son inexactos),
estos sesgos se encuentran en unos límites tales que permiten confiar en los
mismos. Las desviaciones existentes comprobadas por el auditor carecen de
importancia relativa (son inmateriales), y su revelación no influiría para nada
en la toma de decisiones por parte del usuario.
La afirmación sobre la aplicación "consistente" de los
principios es de suma importancia, pues es más que obvio que para efectos de
uniformidad y comparabilidad entre varios períodos, se hace necesario que la
formulación de los estados se haya realizado utilizando las mismas bases pero
el SAS-58 obliga a efectuarla solo si no se ha seguido, sin embargo la ley 43
exige su inclusión.
Los estados financieros pueden presentar "razonablemente"
la situación financiera de la empresa, estar elaborados de "acuerdo a
Principios y Normas de Contabilidad Generalmente Aceptados en Colombia",
pero no estar elaborados en forma consistente con los períodos anteriores (lo
cual de por sí es una violación al principio de uniformidad). En este
caso las decisiones tomadas por los usuarios no necesariamente podrían ser las
mejores.
11.6.5
FINALES
·
La firma autógrafa del auditor o la de la Firma de Contadores según el
caso.
El dictamen debe ser firmado en nombre de la firma de auditoría, en
nombre personal del auditor, o en ambos, según sea el caso, anotando debajo del
mismo el número de tarjeta profesional asignado por la Junta Central de
Contadores
·
La fecha del dictamen.
La fecha del dictamen permite delimitar la responsabilidad del auditor en
cuanto a los efectos que sobre los estados financieros y su dictamen tuvieron
los eventos o transacciones de que tuvo conocimiento, ocurridos hasta el día en
que este último abandonó las instalaciones de la empresa examinada. Por lo
anterior la fecha del dictamen no es la de su elaboración, sino la del día en
que el auditor terminó su trabajo en la empresa objeto de la auditoría y
se retiró de sus instalaciones. Los hechos acontecidos después de la fecha de
finalización del trabajo en las oficinas del cliente, y que tengan influencia
importante en los estados financieros examinados, no son de responsabilidad del
auditor, a menos que este se percate de ellos antes de entregar su dictamen.
Queda entonces establecido que todos aquellos eventos subsecuentes
sucedidos desde la fecha de los estados financieros hasta la fecha del dictamen
y que tengan influencia importante en los últimos, son de responsabilidad del
auditor, de la cual éste no puede substraerse.
En el caso de la Revisoría Fiscal, la fecha del dictamen no puede ser
inferior a quince (15) días hábiles antes de la celebración de la Asamblea
General ó Junta de Socios en la cual este informe debe ser presentada.
Lo anterior, en razón de que el Código de Comercio prescribe que los estados
financieros, y todos los informes relativos incluyendo el informe del Revisor
Fiscal, deben estar disponibles para consulta de los socios con una antelación
no menor de quince (15) días hábiles a al fecha de Asamblea General o Junta de
Socios, so pena de declararse nula esta última.
11.6.4 Modelo del nuevo dictamen
AUDITORES ANDINOS
LTDA.
Avenida El Dorado Santa Fe de Bogotá
INFORME DEL CONTADOR PUBLICO INDEPENDIENTE
Santa Fe de Bogotá D.C., marzo 31 de 2.00B
A
los señores Socios de
OFIMUEBLES Ltda.
Hemos examinado los
Estados de Situación Financiera de OFIMUEBLES Ltda. al 31 de diciembre de
2.00A y 2.00B, los correspondientes Estados de Resultados, de Cambios en el
Patrimonio, de Cambios en la Situación Financiera, de Flujos de Efectivo y
notas a los mismos por los años terminados en esas fechas. Estos estados
financieros fueron preparados bajo la responsabilidad de la Gerencia de la
Compañía. Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre estos estados
financieros basados en nuestra auditoría.
Nuestro examen fue practicado de acuerdo con Normas de Auditoría Generalmente
Aceptadas en Colombia. Tales Normas requieren que planifiquemos y realicemos
el examen con el objeto de obtener una seguridad razonable acerca de sí los
estados financieros están libres de errores y falsedades importantes.
Una Auditoría incluye el examen, basado en pruebas, de las evidencias
que respaldan las cifras y revelaciones en los estados financieros.
Además incluye la evaluación de los Principios y Normas de Contabilidad
usados y de las estimaciones significativas hechas por la Gerencia, así como
la evaluación de la presentación de general de los estados financieros.
Consideramos que el examen que hemos realizado provee una base razonable para
fundamentar nuestra opinión.
En
nuestra opinión, el Estado de Situación Financiera, los correspondientes
Estados de Resultados, de Cambios en el Patrimonio, de Cambios en la
Situación Financiera y de Flujos de Efectivo, presentan razonablemente, en
todos los aspectos importantes, la situación financiera de OFIMUEBLES
LTDA al 31 de diciembre de 2.00A y 2.00B y los resultados de sus
operaciones por los años terminados en dichas fechas, de conformidad con
Normas y Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en Colombia aplicados uniformemente.
AUDITORES ANDINOS LTDA.
CONTADORES PÚBLICOS
Ruth Zoé Fonseca C.
Tarjeta Profesional 400001-T
|
Avenida
El Dorado Santa Fe de Bogotá
|
BIBLIOGRAFÍA
Guillermo Adolfo Cuéllar Mejía, (2009) Teoría General de la Auditoría y Revisión Fiscal. Recuperado de http://fccea.unicauca.edu.co/old/tgarf/tgarfse175.html
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